Terminos y Condiciones - CANGUR EQUIPO
- 22/08/2019
Última actualización: 22 de agosto 2019
Entre CANGUR SRL (en adelante, la “Compañía”), una sociedad constituida y existente bajo las leyes
de la República Argentina, con domicilio en Avda. Pueyrredón 2468, piso 3, Departamento “A”, Ciudad
de Buenos Aires, por un lado, y por el otro usted como “Sitter” cuyos datos personales y fiscales
completos usted provee a la Compañía por separado al presente (en adelante, “Sitter” y junto a la
Compañía las “Partes”), convienen en celebrar el presente contrato de servicios (en adelante,
“Contrato”), que se regirá por las presentes cláusulas y condiciones:
CONSIDERANDOS
1.1 Que la Compañía es titular, desarrolla y administra en exclusividad el sitio web
www.cangur.com.ar y la aplicación denominada “Cangur” (“Aplicación”), en el que se han registrado
como usuarios determinadas personas físicas residentes en la República Argentina (“Usuarios”), que
han requerido y/o estiman requerir en el futuro los servicios de cuidado de niños menores de edad,
en sus propios domicilios o donde indiquen al efecto los Usuarios. Esta tarea será referida en lo
sucesivo en este contrato como “Baby Sitting”.
1.2 Que el Sitter declara poseer interés en realizar las tareas de cuidado de niños en sus propios
domicilios o en aquél que indiquen los Usuarios por breves períodos de tiempo, tal como se describe
en el considerando precedente. A los efectos de evitar cualquier potencial malentendido, la Compañía
deja claramente expresado que no ha realizado actividad alguna para verificar la certeza y/o
fidelidad de cualquier información proporcionada por el Sitter, ni en la idoneidad del Sitter para
el desempeño de la tarea de “Baby Sitting” que éste pretende realizar, siendo el Sitter por lo tanto
el único responsable de la veracidad de dicha información frente al Usuario con quien contrate tales
servicios.
1.3 Que atento el hecho que la Compañía cuenta con Usuarios registrados que tendrían intencion de
requerir los servicios de Baby Sitting, y que el Sitter estaría interesado en contactar a tales
Usuarios y contratar con ellos en forma directa dicho servicio, las Partes deciden celebrar el
presente contrato de servicios sujetando el mismo a las siguientes clausulas y condiciones.
CLÁUSULA PRIMERA - SERVICIOS
Que en virtud de las Condiciones de uso (“Condiciones”) detalladas en el sitio www.cangur.com.ar
(“Sitio”), que regulan el vínculo entre el Usuario y la Compañía (que el Sitter declara conocer), el
Usuario de dicho Sitio y/o de la Aplicación, utiliza la misma simplemente como una plataforma de
intermediación, para que los Usuarios y el Sitter que se registren en dicho Sitio, puedan
contactarse recíproca y autónomamente para evaluar y eventualmente acordar entre ambos la prestación
por parte del Sitter del servicio de cuidado de niños en el domicilio de los Usuarios (o donde éstos
indiquen), siempre que tal domicilio se encuentre en la República Argentina ( “Territorio”). Este
servicio de Baby Sitting es ofertado al Usuario exclusivamente por el Sitter, y contratados
exclusivamente entre el Usuario y el Sitter, en todo cuanto haga al mismo, sin intervencion alguna
ni injerencia de la Compañía (“Servicios”).
A los fines de permitir al Sitter poder ofrecer los Servicios en el Sitio, se le pedirá que cargue
los datos personales que la Compañía detallará y comunicará oportunamente al Sitter (los cuales la
Compañía se compromete a utilizar solamente en cuanto haga a la prestación de los Servicios).
A los fines de ofrecer los Servicios, el Sitter creará un perfil en el Sitio /o la Aplicación que la
Compañía pudiera desarrollar, conforme especificaciones técnicas que la Compañía determine al
presente y/o pueda determinar en el futuro. Adicionalmente, el Sitter grabará y subirá al Sitio y/o
pondrá disponible en la Aplicación, un video de presentación de máximo 30 segundos de duración, que
también debe cumplir requisitos prestablecidos por la Compañía.
Para poder ofrecer los Servicios de Baby Sitting, el Sitter declara tener al menos 18 años de edad
cumplidos al tiempo de celebrar este Contrato, y se compromete a mantener la información en su
perfil de forma exacta, completa y actualizada. Si no mantiene la información de Cuenta de forma
exacta, completa y actualizada, podrá resultar en su imposibilidad para prestar los Servicios,
supuesto en el cual el Sitter libera a la Compañía de cualquier hipotético daño que de ello pudiera
resultar.
CLÁUSULA SEGUNDA – OBLIGACIONES DEL SITTER RESPECTO A LOS DATOS DE SU PERFIL
El Sitter es responsable de la validez, exactitud, fidelidad y actualización de toda la información
detallada en su perfil en el Sitio, y se compromete a mantener en todo momento de forma segura y
secreta el nombre de los Usuarios con los que se vincule en la prestación de los Servicios.
CLÁUSULA TERCERA – RETRIBUCIÓN
Las Partes declaran que como única y total retribución a percibir por la Compañía por el hecho de
facilitar el contacto entre el Sitter y los Usuarios del Sitio (así como por procesar como agente de
cobro de los Sitters los cargos que correspondan pagar a éstos por el Usuario con relación a los
Servicios), será una comisión que se determinará de acuerdo a lo que la Compañía acuerde de tanto en
tanto con los Sitters, por instrumento separado del presente (en adelante denominada “Comisión”).
La Comisión se devengará en forma automática desde el momento el que se perfeccione la prestación
del Servicio entre el Usuario y el Sitter (o que el Sitter tenga derecho a percibirla por la
cancelación que el Usuario haya hecho del Servicio dentro del plazo de dos horas previas a su
inicio, o el que en el futuro se determine a éstos efectos), momento en el cual la Compañía emitirá
por sí o por terceros una factura al Usuario por cuenta y orden del Sitter, por el total de los
Servicios de Baby Sitting concertados entre ambos.
A tales fines, el Sitter se compromete a informar y mantener informado en forma permanente a la
Compañía y/o a cualquier tercero a quien ésta delegue esta gestión de facturación, sus datos
fiscales completos (incluyendo pero sin limitarse a su número de CUIT/CUIL, constancia que así lo
acredite, constancia de inscripciòn en el Régimen Simplificado del Monotributo o del impuesto que
corresponda). Se considerará un incumplimiento grave del Sitter que impedirá la prosecución de este
Contrato, cualquier incumplimiento del Sitter respecto a la provisión y/o actualizaciòn de la
información fiscal mencionada precedentemente.
Por la presente, el Sitter autoriza a la Compañía a retener de las sumas que los Usuarios paguen al
Sitter como retribución por los Servicios, el monto de la Comisión calculada sobre el importe total
de los Servicios antes de cualquier deducción de impuestos que pudiera corresponder, debiendo
transferir el saldo a la cuenta bancaria de titularida del Sitter existente en un banco de la
República Argentina, que el Sitter deberá proveer y mantener permanentemente actualizada.
Las Partes dejan constancia que cualquier Servicio de Baby Sitting prestado por un Sitter a un
Usuario luego de la primer oportunidad en que ambos hayan concertado este Servicio o se hayan puesto
en contacto a través del Sitio o la Aplicación, se considerá sin admitir prueba en contrario sujeto
a este Contrato, y por lo tanto, dará derecho a la Compañía a percibir del Sitter la Comisión
correspondiente. Los Sitters se comprometen a informar a la Compañía inmediatamente y sin demora la
concertación de cualquier tal Servicio, así como de la información relevante para la facturación y
percepción de Comisión por parte de la Compañía, bajo pena de considerarse su omisión como una falta
grave que impedirá la prosecución del Contrato, por culpa del Sitter.
CLÁUSULA CUARTA – OBLIGACIÓN PERSONAL DE PRESTAR EL SERVICIO
El Servicio de Baby Sittting que el Sitter contratará con los Usuarios del Sitio, deberá ser
prestado en forma personal por el Sitter, quedando expresamente prohibida la sub-contratacion y/o
delegación y/o derivación a cualquier persona distinta. Ello, teniendo en cuenta que el Servicio ha
sido contratado con el Usuario en base a la evaluación de éste sobre la experiencia y cualidades
personales del Sitter, importando cualquier violación a esta obligación causa grave de
incumplimiento, que autorizará a la Compañía a finalizar este Contrato, con retención de cualquier
suma no liquidada al Sitter, sin perjuicio del reclamo de los demás daños que pudieran corresponder.
CLÁUSULA QUINTA – ACCESO A LAS REDES - RESPONSABILIDAD
El Sitter es el único responsable de obtener el acceso a la red de datos necesario para conectarse
con el Sitio, o la Aplicación, sin que la dificultad o imposibilidad de realizar lo anterior sea en
ninguna circunstancia imputable a la Compañía. Del miso modo, el Sitter es el único responsable de
adquirir y actualizar el hardware compatible o los dispositivos necesarios para acceder y utilizar
el Sitio y Aplicaciones, así como cualquier actualización de éstos. La Compañía no garantiza que el
Sitio, o cualquier parte de éste, funcionen en cualquier hardware o dispositivo particular. Además,
el acceso al Sitio o a sus contenidos podrá ser objeto de disfunciones o retrasos inherentes al uso
de Internet y de las comunicaciones electrónicas, nada de lo cual podrá generar responsabilidad
alguna a la Compañía.
CLÁUSULA SEXTA – RENUNCIA
El Sitter conoce y acepta que los Servicios objeto de este Contrato, serán concertados entre éste y
los Usuarios del Sitio o Aplicación, sin ninguna ingerencia de la Compañía en ninguna cuestión que
haga al Contrato (su extensión, su monto, el domicilio donde se preste, etc). La única actividad que
realiza la Compañía con relación a dicho Contrato, es la intermediación entre la oferta de servicios
de Baby Sitting que ofrecen los Sitters, y la demanda que de ellos tienen los Usuarios en el Sitio o
la Aplicación.
En consecuencia, los Sitters declaran que nada tienen ni tendrán que reclamar contra la Compañía por
ningún aspecto relacionado con la concertación y/o ejecución del Contrato (salvo eventualmente por
el no pago del saldo que la Compañía perciba por los Servicios de los Usuarios, luego de descontada
y retenida la Comisión).
Además, la Compañía no realiza ninguna garantía en cuanto a las condiciones de las personas que
requieren los Servicios (Usuario), ni en cuanto al lugar en el que éstos son prestados, quedando
enteramente a cargo del Sitter las evaluaciones previas con el Usuario respecto a éstos y cualquier
otro tema relacionado con la ejecución del Contrato. La Compañía no se hace responsable de ningún
hipotético daño que el Sitter pudiera sufrir antes, durante o inmediatamente después de haber
prestado el Servicio.
CLÁUSULA SÉPTIMA – LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Compañía no será responsable de daños indirectos, incidentales, especiales, ejemplares, punitivos
o emergentes, incluidos el lucro cesante, la pérdida de datos, la lesión personal o el daño a la
propiedad, ni de perjuicios relativos, o en relación con, o de otro modo derivados de cualquier uso
que los Sitters hagan del contenido del Sitio y/o la Aplicación, incluso haya sido advertido de la
posibilidad de dichos daños. La Compañía no será responsable de cualquier daño, responsabilidad o
pérdida que deriven de: (i) la realización de los Servicios; o (ii) cualquier transacción o relación
entre el Usuario y el Sitter o cualquier tercero.
CLÁUSULA OCTAVA - INDEMNIDAD
El Sitter acuerda mantener indemne a la Compañía y responder frente a ésta y sus consejeros, socios,
directores, gerentes, apoderados, empleados y agentes de cualquier tipo, por cualquier reclamación,
demanda, pérdida, responsabilidad y gasto (incluidos los honorarios de abogados) que deriven de la
inejecución de cualquier obligación asumida por el Sitter a lo largo de este Contrato, y a
reembolsar a éstos al primer requerimiento pero nunca más allá de las 72 hs de notificado, cualquier
monto que por culquier rubro los beneficiarios de la indemnidad pudiesen haber tenido que pagar por
obligaciones que fuesen objeto de la indemnidad referida (y que no haya sido pagadas por el Sitter).
Recibido cualquier hipotético reclamo sujeto a la mencionada indemnidad, los beneficiarios de ésta
deben notificar al Sitter dentro de los dos (2) días hábiles de recibido el reclamo, a la dirección
de correo electrónico que se constituye a estos efectos abajo en este contrato. El vencimiento de
ese plazo sin realizar la notificacion al Sitter no implicará la pérdida del derecho a indemnidad,
sino las eventuales consecuencias que la notificación tardía pudieran tener en la defensa del caso.
Realizada esta notificación, si el Sitter no da por finalizada la reclamación en los próximos dos
(2) días hábiles, los beneficiarios de la indemnidad podrán optar por litigar el conflicto (costos y
honorarios legales con cargo al Sitter), o transarlo si así lo creyese conveniente, a su solo
análisis, lo que no podrá ser entonces objetado por el Sitter.
CLÁUSULA NOVENA – JURISDICCIÓN – LEY APLICABLE
El presente Contrato se regirá e interpretará exclusivamente en virtud de la legislación de la
República Argentina. Cualquier disputa, conflicto, reclamación o controversia, del tipo que sea, que
resulte del presente Contrato, o que se relacione con el mismo y/o con la prestación que los Sitters
hagan de los Servicios en favor de los Usuarios, incluyendo las relativas a su validez,
interpretación y exigibilidad (cualquier “Disputa”), deberán someterse forzosamente a los Tribunales
Nacionales Ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando las partes a
cualquier otro fuero o jurisdiccion que pudieren corresponderles.
CLÁUSULA DÉCIMA - NOTIFICACIONES
Las Partes constituyen domicilios especiales en los correos electrónicos que se ellas se han
informado por documento separado, haciendo mención a esta cláusula (como domicilio electrónico
constituido en el contexto de y con los efectos previstos en esta cláusula), los cuales las Partes
asumen la obligación de mantener actualizados en forma permanente y declaran revisarlos
perídicamente, siendo válidas y plenamente vinculantes todas las notificaciones que allí se cursen.
CLÁUSULA UNDÉCIMA – CONFIDENCIALIDAD
La existencia de este Contrato, el contenido del mismo, y las comunicaciones que las Partes deban
cursarse en su ejecución, serán confidenciales, no pudiendo las Partes divulgarlas a terceros sin el
consentimiento expreso y previo de la restante. Sin embargo, esa información si podrá ser utilizada:
(i) por las propias Partes, en caso de conflicto con la otra con motivo en cualquier aspecto de este
Contrato; (ii) a requerimiento de cualquier autoridad competente; o (iii) si por cualquier motivo la
información del caso ya ha sido puesta en el dominio público por circunstacias ajenas a las Partes.
El incumplimiento de lo pactado en este cláusula constituirá una falta grave que autorizará la
finalizacion del Contrato, sin necesidad de intimación previa, generando además la obligación de
indemnizar cualquier daño causado.
CLÁUSULA DUOCÉDIMA- MISCELÁNEAS
El Sitter autoriza a la Compañía a ceder o transferir estas Condiciones, en todo o en parte,
incluido a: (i) una subsidiaria o un afiliado; (ii) un adquirente del capital, del negocio o de los
activos de la Compañía; o (iii) un sucesor por fusión. No existe entre el Sitter, la Compañía o
cualquier Usuario una empresa conjunta o relación de socios, empleo o agencia como resultado del
contrato entre las Partes, o del uso del contenido del Sitio o de la Aplicación, para la prestación
de los Servicios.
Si cualquier disposición de este Contrato se considerara ilegal, nula o inexigible, ya sea en su
totalidad o en parte, de conformidad con cualquier legislación, dicha disposición o parte de esta se
considerará que no forma parte de este Contrato, aunque la legalidad, validez y exigibilidad del
resto de las disposiciones de este Contrato no se verá afectada. En ese caso, las Partes deberán
reemplazar dicha disposición ilegal, nula o inexigible, en todo o en parte por una disposición
legal, válida y exigible que tenga, en la medida de lo posible, un efecto similar al que tenía la
disposición ilegal, nula o inexigible, dados los contenidos y el propósito de este Contrato.
Este Contrato constituye el íntegro entendimiento entre las Partes en relación con el objeto del
Contrato, y sustituye y reemplaza a todos los acuerdos anteriores o contemporáneos en relación con
dicho objeto.